ENCÍCLICA
QUO GRAVIORA
PAPA
GREGÓRIO XVI
Manifiesta a los Obispos de la Alta Renania su
pesar por las calamidades que amenazan a la Iglesia, a causa de la Pragmática
Constitución Civil de Offemburgo.
Del día 4 de octubre de 1833
1. Las preocupaciones del Papa por la Pragmática Constitución civil y
la negligencia en curar sus males.
Cuanto más graves sean los males que amenazan
a la Iglesia Católica por las malvadas maquinaciones de los impíos, con tanta
mayor prontitud deben esforzarse en contenerlas los Romanos Pontífices a
quienes, constituidos en la Cátedra del Bienaventurado Pedro, se les dio la
divina determinación, la suprema autoridad de apacentar, regir y gobernar la
misma Iglesia. Pío VIII, predecesor nuestro de feliz recordación, comprendiendo
ciertamente esto, apenas supo con máximo dolor que en las regiones de la
provincia de Renania se habían intentado audazmente y no con vano conato,
muchas cosas contra la doctrina de la misma Iglesia y su divina autoridad y
constitución, en la carta que os dirigió en el año 1830, durante el mes de
junio, animó, ya que las circunstancias lo exigían, vuestra pastoral solicitud
a tutelar con todo celo los derechos de la Iglesia y defender la santa
doctrina, de manera que en modo alguno dudarais en mostrar a quienes fuese
necesario cuán contrarias eran a la razón y a la justicia las determinaciones
perniciosas para la Iglesia que ya se habían adoptado o que estaban a punto de
adoptarse, y procuraseis por lo tanto que fuesen revocadas. Sumamente
preocupado por el enorme escándalo de las innovaciones os exigió una respuesta
lo más rápida posible acerca del estado de esas iglesias, sea que estuviese
acorde con sus deseos, para consolar su dolor, sea que, lo que no esperaba, les
fuese adversa, para que pudiese tomar las medidas que reclamase el conflicto
apostólico. Estas exhortaciones y sugerencias del Pontífice en un asunto tan
grave, os hubieran debido incitar cuanto convenía a quienes, como abogados
constituidos para defensa de la Iglesia, corresponde vigilar atentamente por su
corrección. Pero lo que nunca pudo imaginar nuestro celebrado predecesor y lo
que, si aún viviese, lo hubiera turbado
sin duda muy vehementemente, estaba reservado para que Nos causara dolor a
Nosotros que ocupamos su lugar poco después de los hechos mencionados.
Contrariados y casi con repugnancia decimos, pero con todo no podemos dejar de
decir, que las cosas sucedieron en forma tan contraria a los deseos de esta
Santa Sede, la cual enteramente ignora cuales hayan sido vuestras gestiones que
cerca de esos Príncipes por la incolumnidad de la Religión Católica habéis
hecho y qué éxito hayáis logrado, que pasados tres años aún espera los relatos
detallados que tan solícitamente os encareció Pío VIII de inmortal memoria. Ni
siquiera podemos conjeturar que no habéis faltado a las obligaciones de vuestro
cargo por el hecho de haberse aplicado desde entonces algún remedio saludable a
las heridas infligidas allí a la Iglesia, siendo así que por el contrario nos
proviene de allí una causa de más acerbo dolor. Pues no sólo están en plenísima
vigencia las cosas que fueron sancionadas contrariando los convenios
establecidos entre la Santa Sede y los Príncipes federados, y la misma Iglesia,
violentamente despojada de la libertad que Cristo le concedió, está sometida a
una indigna servidumbre, sino que también, si bien no Nosotros, lo veis
vosotros con vuestros propios ojos, nuevas causas han hecho aún más ruinosa la
situación en esas regiones. Del mismo conjunto de los clérigos se han levantado
hombres que hablan perversidades y que condenando con suma imprudencia según es
costumbre de los innovadores, aquella ansiada regeneración y restauración,
enconándose temerariamente contra esta Santa Sede, procuran arrastrar
discípulos tras sí, y engañar a los incautos. Por eso, se reunieron en una
especie de sociedad y no dudan en tener reuniones y en tratar de reformar la
Iglesia Católica según las exigencias de los tiempos; tal es su modo de
expresarse. No hace mucho, según se nos notificó, dieron público ejemplo de
esta gravísima temeridad no pocos clérigos de la ciudad de Offemburgo, los
cuales siguiendo a F. L. Mersy, su decano, propulsor y jefe, llegaron a
proponer al arzobispo de Friburgo para su aprobación varias reformas escogitadas
en sus conventículos, y las propusieron a cada uno de los capítulos rurales
suscitando conspiraciones para la misma iniquidad; se atrevieron, además, a
adornar con muchos aditamentos un libelo y editarlo por dos veces con esta
procaz inscripción: "¿Son necesarias reformas en la Iglesia
Católica?" Y ¡ojalá que otros clérigos friburgueses no hubiesen tramado lo
que pública y abiertamente hicieron los de Offemburgo en sus deliberaciones
acerca de la Religión! ¡Ojalá se hubiera detenido dentro de los límites de
aquélla ciudad la pésima sedición de los reformadores! Mas ya sabemos y con
gran dolor lo recordamos que invadió casi todas esas regiones y sobre todo la
diócesis de Rottemburgo y que se extendió también fuera de la provincia
eclesiástica renana. No ignoráis, Venerables Hermanos, en qué principios
erróneos se apoyan los hombres mencionados y sus secuaces y qué origen tenga el
apetito que los mueve a introducir novedades en la Iglesia. No juzgamos inútil
el descubrir aquí algo de eso y explicarlo claramente.
2. Los innovadores y la doctrina y disciplina de la Iglesia
Ha prevalecido desde
hace tiempo y ampliamente se ha difundido por esas regiones la opinión
falsísima, nacida del impío y absurdo sistema de la indiferencia religiosa, que
afirma que la Religión cristiana puede ir perfeccionándose. Y como los
propugnadores de esta vana opinión no se atreven a extender la presunta
posibilidad de perfección a las verdades de la fe, la aplican a la
administración y disciplina externa de la Iglesia. Para conciliar la fe con su
error, perversamente y con no escasa habilidad para el engaño, se apoyan en la
autoridad de los teólogos católicos que frecuentemente enseñan ser ésta la
diferencia entre la doctrina y disciplina de la Iglesia mientras aquélla es
perpetuamente una e inmutable y no susceptible de cambio alguno. Una vez
sentado esto afirman que hay indudablemente muchas cosas en la actual
disciplina, gobernación y culto externo de la Iglesia que no se acomodan a la
índole de nuestros tiempos y que como perjudiciales para el incremento,
conviene cambiar sin que se siga de ello detrimento alguno para la fe y
costumbres. Así, ostentando celo por la Religión y bajo la apariencia de piedad
acumulan novedades, meditan reformas y realizan la regeneración de la Iglesia.
Que estos innovadores se valgan realmente de
tales principios, amén de manifestaciones en los muchos opúsculos divulgados
sobre todo en Alemania, en que se desarrollan y defienden estas mismas cosas,
aparece ahora claramente en el folleto impreso en Offemburgo y más aún en lo
que imprudentemente añadió el predicho F. L. Mersy cabecilla del conventículo
sedicioso allí celebrado, cuando hizo la segunda edición de la misma obra. Pero
mientras torpemente envanecidos en sus pensamientos establecen por su cuenta
tales cosas, o no advierten o simulan astutamente no advertir que caen en los
errores condenados por la Iglesia en la proposición 78 de la Constitución
"Actorem fidei" de Pío VI, predecesor Nuestro de piadosa memoria,
publicada el día 28 de agosto del año 1794 y que atacan la sana doctrina que,
según dicen, quieren conservar íntegra y proteger. Por cierto cuando sostienen
que puede cambiarse indistintamente toda la forma exterior de la Iglesia ¿No
someten también a mudanzas aquellos capítulos disciplinares que tienen su
fundamento en el mismo derecho divino y que están unidos con estrecho vínculo
con la doctrina de la fe, de manera que la ley de los que se ha de creer hace
la ley de los que se ha de obrar? ¿No se empeñan además en volver humana a la Iglesia
y manifiestamente injurian al Divino Espíritu que la rige, cuando juzgan que su
actual disciplina está viciada de defectos, oscuridades y otros inconvenientes,
imaginando que contiene muchas cosas no sólo inútiles sino contrarias a la
incolumnidad de la misma Religión Católica? ¿Cómo es posible que hombres
particulares se arroguen un derecho peculiar y propio de solo el Romano
Pontífice? Pues aunque se trata de aquellas disposiciones disciplinarias que
tienen fuerza en toda la Iglesia, pero como son de libre institución
eclesiástica pueden sufrir modificaciones, sólo el Romano Pontífice a quien
Cristo puso al frente de toda la Iglesia debe juzgar acerca de la necesidad de
reformas según lo exigen las diversas circunstancias y según escribe San Gelasio:
Emitir decreto canónicos, adaptar los preceptos de los predecesores de manera
que luego de una discreta consideración se suavicen las cosas que la necesidad
de los tiempos pide se amplíen para restaurar las iglesias. Dicho esto en forma
resumida acerca de la falsedad de los principios en los que se apoyan los
reformadores. Sería fatigoso, Venerables Hermanos, entreteneros en largas
exposiciones de las impías acusaciones con las que, uniendo la audacia al error
y a la licencia para insultar, común entre esta clase de personas, atacan a
esta Santa Sede como si ella, exageradamente celosa de lo antiguo sin entender
en lo absoluto la índole de nuestros tiempos, ciega en medio de la luz de los
nuevos conocimientos, no distinguiendo suficientemente las cosas que respetan
la sustancia de la Religión de las que se refieren tan sólo a su forma externa,
nutriera las supersticiones, fomentara los abusos, y en fin obrara de tal
manera que jamás se preocupase de las conveniencias de la Iglesia Católica. ¿A
qué fin viene todo esto? Ciertamente para excitar el disgusto contra la
Santísima Cátedra de Pedro en la que Cristo puso el fundamento de su Iglesia,
fomentar el odio de los pueblos contra su divina autoridad y romper la unión de
las demás iglesias con ella. De aquí que, buscando conseguir de vuestra
fraternidad lo que saben no lograrán de esta Sede Apostólica, afirman que
conviene que la Iglesia "patria" ("nacional") según ellos
la llaman, se rija por sus propias leyes, llegando a atribuir a cada uno de los
pastores de la Iglesia la libre facultad de suprimir y abrogar las leyes
universales de la Iglesia según lo pida la utilidad de la propia grey. ¿Qué
más? Como advierten que tampoco consiguen nada de vosotros, se empeñan en
emancipar a los mismos presbíteros de la debida sujeción a sus obispos, y no
temen concederles el derecho de administrar las diócesis.
3. Errores de los innovadores. Celibato
Por cierto que todas
estas cosas total y manifiestamente invierten la jerarquía eclesiástica
constituida por ordenación divina, contrariando la verdad de fe definida por
los Padres tridentinos. Suscitan nuevamente los errores expresados en las
proposiciones 6, 8 y 9 proscritos en la predicha constitución dogmática
Auctorem fidei. Que tienden a esto también los clérigos de Offemburgo y que las
mismas doctrinas condenadas están contenidas sobre todo en las adiciones
insertas en la segunda edición del folleto, aparece tan a la vista que no deja
el menor lugar a duda. Pero conviene enumerar particularmente algunos de los
muchos errores en que por todas partes abunda ese opúsculo. En primer lugar se
nos ofrecen las cosas que, con no menor audacia que falsedad, propalan los
autores de la torpísima confabulación contra el celibato clerical, cuya ley no
se atreven a atacar abiertamente como los demás. Quieren que los clérigos
incapaces de guardar el celibato, eclesiástico y que son tan depravados y
corrompidos en sus costumbres que no queda esperanza alguna de su enmienda,
sean reducidos al estado laical de manera que puedan contraer nupcias válidas
también ante la Iglesia; esto de ninguna manera está de acuerdo con la mente de
los Padres tridentinos explicada en la sesión 7 can 9 de los sacramentos en
general y en la sesión 23 capítulo 4 y can. 4. Ciertamente no se nos oculta con
que artificios se esfuerzan por torcer hacia un sentido depravado la doctrina
del concilio ecuménico.
Sostienen que según la sentencia del
Tridentino, aquel que una vez fue ordenado sacerdote, no puede volver a ser
laico por su propia autoridad pero sí puede lograrlo por la autoridad de la
Iglesia, entendiendo por Iglesia a cada uno de los obispos a quienes otorgan la
autoridad de volver los clérigos al estado laical; y que el carácter que se
imprime en el orden es llamado indeleble por el concilio en cuanto el
sacramento del orden no puede recibirse dos veces, no en el sentido de que el
sacerdote no pueda, por el modo predicho, volver a ser laico; y no vacilan en
enumerar el mismo carácter entre las recientes elucubraciones de los
escolásticos. Imaginando tales desvaríos ¿qué otra cosa hacen con tan torpes
cavilaciones e insistencia en una interpretación de los predichos decretos
tridentinos contraria a la genuina y universalmente admitida por la Iglesia,
sino acumular evidentes errores sobre errores?
4. Indulgencias
Ni se distancia menos de la sana doctrina lo
que audacísimamente enseñan sobre la virtud y uso de las indulgencias.
Ciertamente éstos o bien afirman sin ninguna duda, o insinúan por medio de
muchos rodeos que las indulgencias en modo alguno pueden referirse a las penas
temporales de los pecados que quedan para satisfacer por ellos, sea en esta
vida sea en la otra, que hasta el siglo undécimo no fueron otra cosa sino la
remisión de las penas canónicas que debían cumplirse a la faz de la Iglesia, y
que, por primera vez se sometieron a la potestad de las llaves las penas que
son impuestas por Dios al pecador, proviniendo de aquí una enorme depravación
de la disciplina eclesiástica. El tesoro formado por los méritos de Cristo y
satisfacciones de los santos fue inventado, dicen, por el Romano Pontífice
Clemente V; en fin, para omitir lo demás, las indulgencias sólo sirven al
presente en la Iglesia para recordar a los fieles las antiguas penitencias
canónicas y atraer así a los pecadores a la penitencia. ¿Qué significa esto
sino volver a renovar las proposiciones 17 y 19 de Lutero, 6 de Pedro de Osma,
60 de Bravo y en fin las proposiciones 40, 41 y 42 prescriptas en la citada
constitución Auctorem Fidei e insturar con suma imprudencia los errores allí
condenados?
5. Penitencia
Tanto más deplorable es
la ciega temeridad de estos hombres que quieren reformar radicalmente el el
santísimo instituto de la penitencia sacramental, se burlan contumeliosamente
de la Iglesia y casi la acusan de error como si hubiese enervado ese mismo saludable
instituto y menoscabado su eficacia y virtud, ordenando la confesión anual,
concediendo indulgencias con la condición de que se practique la confesión y
permitiendo el culto privado y las misas cotidianas. ¿Podrá la Iglesia que es
columna y fundamento de la verdad y a quien el Espíritu Santo como consta
enseña siempre todas las verdades, mandar, conceder y permitir cosas que
conduzcan a la ruina de las almas y a la deshonra y detrimento de un Sacramento
instituido por Cristo? "¿No será propio de una insolentísima locura, como
decía San Agustín, disputar si se debe hacer lo que acostumbra hacer por todo
el orbe de la Iglesia? No queremos pensar que estos innovadores que ostentan un
celo tan vivo por fomentar la piedad en el pueblo, sólo desean que, disminuida
o más bien suprimida del todo la frecuencia de los sacramentos, languidezca
paulatinamente y se destruya por último la Religión entera.
6. Otros errores
Sería demasiado largo,
Venerables Hermanos, proseguir enumerando las demás opiniones erróneas de los
innovadores, sea acerca del estipendio de las misas que afirman deber
suprimirse, como de la costumbre de ofrecer muchas misas por el mismo difunto,
que dicen ser contrario a la doctrina de la Iglesia acerca de la infinita
virtud del sacrificio de la nueva ley, o sea acerca de un nuevo ritual escrito
en lengua vulgar que desean más adaptado a la índole de nuestros tiempos o en
fin acerca de las congregaciones piadosas, las plegarias públicas y sagradas
peregrinaciones, que de diversa manera reprueban. Es suficiente advertir que
semejantes opiniones no proceden de otra corruptísima fuente ni manan de otros
principios que los que hace tiempo condenó con solemne juicio La Iglesia en las
varias veces mencionada Constitución Auctorem fidei, sobre todo de las
proposiciones 30, 33, 66 y 78.
7. Conclusión y exhortación final
Siguiendo los ejemplos
de nuestros predecesores en casos similares, Venerables Hermanos, juzgamos
deber Nuestro exponeros estas cosas según parecía exigirlo Nuestro cargo apostólico,
con el fin principal de que, puestos en evidencia los errores de estos hombres,
aparezca en los hechos adónde conduce el depravado apetito de introducir
novedades en la Iglesia. Por lo demás, con qué angustias esté oprimido nuestro
corazón en medio de tantas amarguras como aflige a la Iglesia, fácilmente lo
podéis suponer. Gemimos al ver a la Esposa sin mancilla del Inmaculado Cordero
Jesucristo velada por los ímpetus de los enemigos externos e internos, y con
abundantes lágrimas deploramos los males que la oprimían estando allí reducida
a oprobiosa cautividad. Añádase lo que padece por causa de sus hijos torpemente
alejados del seno amantísimo de su madre los que hablan falsamente contra ella.
Lejos de nosotros sin embargo desfallecer, lejos de nosotros el contener la voz
apostólica en tan grave necesidad de la causa apostólica, y que, despojándonos
de la fortaleza, el juicio y la virtud del Espíritu de Dios y como perros mudos
incapaces de ladrar, dejemos que la grey del Señor sea expoliada y las ovejas
de Cristo se conviertan en pasto de todas las bestias del campo. Por tanto,
queremos que estéis persuadidos, Venerables Hermanos, de que es tal la
disposición de Nuestro ánimo que nada de lo que esté en nuestras manos
dejaremos de hacer hasta que a la Iglesia Católica se le restituya la libertad
anterior que pertenece enteramente a su divina constitución y sea cerrada la
boca de quienes hablan iniquidades. Pero no podemos dejar de excitar con el
celo de la Religión vuestra constancia y virtud, Venerables Hermanos, y de
exhortaros vehementísimamente para que unidos con el Espíritu de Dios luchéis
por la causa de la Iglesia. A vosotros que habéis sido llamados a participar de
la solicitud cuya plenitud nos fue concedida, incumbe custodiar el santísimo depósito
de la fe y sagrada doctrina, alejar de la Iglesia toda profana novedad y
esforzaros con todo ánimo contra quienes se empeñan en conculcar los derechos
de esta Santa Sede. Desenvainad pues la espada de la fe, que es la palabra de
Dios, como tan encarecidamente os lo inculca el Apóstol Pablo en la persona de
su discípulo Timoteo: instad oportuna e inoportunamente, argüid, rogad,
reprended con toda paciencia y doctrina. Y nada os detenga a emprender
cualquier combate por la gloria de Dios, la tutela de la Iglesia y la salud de
las almas encomendadas a vuestros cuidados. Pensad en Aquel que sostuvo tan
gran contradicción por obra de los pecadores. Pues si teméis la audacia de los
malvados, puede darse por perdido el vigor del episcopado y la sublime y divina
potestad de gobernar la Iglesia.
8. Palabras finales y Bendición
Ahora sólo resta que,
meditando a los pies del Señor, reparéis con cuidado en la gravísima obligación
de vuestro carago y el durísimo juicio que espera a todos los que gobiernan,
pero muy en particular a los vigías de la casa de Israel. Confiamos en que os
encenderéis en adelante de tal celos por ayudar según vuestras fuerzas a la
Religión Católica y por defenderla de los impíos enemigos, que llegaréis a
realizar aún mayores cosas de las que os escribimos. Reconfortados y solazados
grandemente con esta esperanza os impartimos amorosamente a vosotros y a los
pueblos confiados a vuestra fidelidad la Bendición Apostólica, augurio de todos
los bienes.
Dado en Roma junto a San
Pedro, bajo el anillo del Pescador, el día 4 de octubre de 1833, de nuestro
Pontificado el año tercero. Gregorio, Papa XVI
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